Artículo 25.
Las funciones de la Comisión de Ética son las siguientes:
I. Elaborar el Código de Ética de los Asociados y presentarlo al Consejo para su posterior ratificación por la Asamblea;
II. Sugerir modificaciones al Código;
III. Promover el conocimiento y la observancia del Código entre la comunidad INAP, y
IV. Conocer de las conductas contrarias al Código y promover las medidas disciplinarias, las cuales consisten en la prevención y/o suspensión de derechos, de acuerdo a la gravedad de la falta.
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